Artículo 13.
Artículo 13 de la Ley 4/1985, de 31 de mayo, reguladora de signos de la identidad riojana. · BOE-A-1985-18485
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-08-27.
Texto consolidado
Las Corporaciones Municipales de la Comunidad asumirán el fomento y dirección, en sus respectivos municipios, de los actos de igual alcance que en los mismos se celebren, sin perjuicio de la superior coordinación que corresponde al Gobierno de La Rioja.