Artículo 12.
Artículo 12 de la Ley 4/1985, de 31 de mayo, reguladora de signos de la identidad riojana. · BOE-A-1985-18485
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-08-27.
Texto consolidado
El Gobierno de La Rioja adoptará las medidas necesarias para la organización de los actos institucionales y públicos que se celebren, dando realce y significado al «Día de La Rioja».