Artículo 13.
Artículo 13 de la Ley 4/1983 de 27 de Junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales. · BOE-A-1983-20569
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-07-21.
Texto consolidado
Corresponde a la Comisión Permanente:
a) Preparar las sesiones del Pleno.
b) Estudiar, tramitar y resolver cuantas cuestiones le sean encomendadas por el Pleno.
c) Apoyar e impulsar la actividad de las comisiones de trabajo que se constituyan por el Pleno y coordinar el funcionamiento de las mismas.