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Ley Vigente

Artículo 13. Competencias del Consejo de Gobierno.

Artículo 13 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

Texto consolidado

En materia demográfica y territorial, le corresponden al Consejo de Gobierno las siguientes competencias:

a) La superior coordinación e impulso de la política demográfica y territorial.

b) Aprobar la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura.

c) Garantizar la aplicación transversal y la incorporación efectiva de la perspectiva demográfica y territorial en todas las políticas sectoriales.

d) Establecer las directrices de la actuación autonómica en materia demográfica y territorial.

e) Realizar el seguimiento y evaluación del desarrollo de las políticas en materia demográfica y territorial, partiendo del informe anual de seguimiento de las medidas adoptadas que la Comisión Interdepartamental de Población le elevará.

f) Elaborar una propuesta de Pacto Político y Social ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

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