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Ley Vigente

Artículo 13. Códigos específicos de conducta.

Artículo 13 de la Ley 25/2018, de 10 de diciembre, reguladora de la actividad de los grupos de interés de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-967

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-09-13.

Texto consolidado

Los grupos de interés, sus organizaciones profesionales y las personas que los representen o actúen en su nombre podrán aprobar códigos de conducta más exigentes que el regulado en el apartado anterior. Estos códigos se podrán inscribir en el registro de grupos de interés como específicamente aplicables a los grupos de interés y lobbistas a quienes afecten y que específicamente los suscriban.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-09-13.

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