Artículo 13. Tratamiento protocolario.
Artículo 13 de la Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges. · BOE-A-2010-735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-31.
Texto consolidado
El síndic o síndica de greuges recibe el tratamiento protocolario y ocupa el lugar preeminente que corresponden a sus altas funciones, de acuerdo con la correspondiente normativa.