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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 13. Titulaciones de acceso al cuerpo superior y a las escalas que forman parte del mismo.

Artículo 13 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8712

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-16.

Texto consolidado

1. Para el acceso al cuerpo superior se exige cualquiera de las titulaciones correspondientes al segundo o tercer ciclo de enseñanza universitaria.

2. Para el acceso a las escalas del cuerpo superior se exige:

a) (Derogada).

b) Escala de inspección de tributos: título correspondiente al segundo ciclo de enseñanza universitaria de derecho, economía, administración y dirección de empresas o ciencias actuariales y financieras.

c) Escala de administración económico-financiera: título correspondiente al segundo ciclo de enseñanza universitaria de derecho, ciencias políticas y de la administración, economía, administración y dirección de empresas o ciencias actuariales y financieras.#dd

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-06-16.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears..

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