Artículo 13.
Artículo 13 de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears. · BOE-A-2003-7873
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-30.
Texto consolidado
1. El Consejo Social elaborará su reglamento de organización y funcionamiento, que se someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno de las Illes Balears, a propuesta de la consejería competente en materia de universidades.
2. Aprobado el reglamento por decreto, comenzará su vigencia el mismo día de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.