Artículo 13.
Artículo 13 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura. · BOE-A-1995-12743
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-30.
Texto consolidado
El Consejo Regional de Deportes de Extremadura constará de los siguientes órganos: Pleno, Comisión Permanente y Comisiones Sectoriales.