Artículo 13. Registro de Casos de Agresión a Profesionales.
Artículo 13 de la Ley 11/2015, de 8 de abril, de Autoridad de profesionales del Sistema Sanitario Público y centros sociosanitarios de Extremadura. · BOE-A-2015-5014
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.
Texto consolidado
Se creará reglamentariamente un Registro de Casos de Agresión a Profesionales dependiente de la Consejería competente en materia de sanidad.