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Ley Vigente

Artículo 13.

Artículo 13 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-«Mossos d'Esquadra». · BOE-A-1994-18777

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-07-10.

Texto consolidado

1. El Departamento de Gobernación puede crear unidades de policía judicial formadas por miembros del Cuerpo de «Mossos d’Esquadra» instruidos a tal efecto.

2. Las unidades de policía judicial pueden ser adscritas por el Departamento de Gobernación, oído el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio Fiscal, a determinados juzgados y tribunales y al Ministerio Fiscal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-07-10.

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