Artículo 13. Opciones de los cuerpos.
Artículo 13 de la Ley 1/2004, de 25 de febrero, de Ordenación de los Cuerpos y Escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2011-18150
Atención: Ley 1/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Dentro de los Cuerpos Superior Facultativo, de Técnicos de Grado Medio y de Ayudantes Técnicos podrán existir tantas opciones como titulaciones oficiales en vigor.