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Decreto-ley Vigente

Artículo 13. Régimen de funcionamiento de la Comisión.

Artículo 13 del Decreto-ley 13/2021, de 22 de junio, por el que se regula la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña y el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia, en desarrollo de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. · BOE-A-2021-13682

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-25.

Texto consolidado

La Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña tiene que elaborar una propuesta de reglamento interno que se deberá aprobar por mayoría de dos tercios de sus miembros y ser autorizada por el departamento competente en materia de salud. Hasta que no disponga de su propio reglamento, el funcionamiento de la Comisión se tiene que ajustar a las reglas previstas en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, y al capítulo II del título I de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. En todo caso, esta normativa es de aplicación supletoria al reglamento interno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-25.

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