El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Anulada 3 redacciones

Artículo 13. Medidas sobre autoconsumo sin excedentes.

Artículo 13 del Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón. · BOE-A-2023-10880

Atención: Decreto-ley 1/2023 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El autoconsumo sin excedentes a través de líneas directas e instalaciones próximas de red interior se regirá por lo establecido en la normativa básica estatal y en este Decreto-ley.

2. Para impulsar el consumo de cercanía mediante autoconsumo sin excedentes podrán conectarse instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables mediante líneas directas, en cualquier nivel de tensión, a la red interior de uno o varios consumidores para realizar esta modalidad de autoconsumo, individual o colectivo.

3. Cuando el autoconsumo sin excedentes sea colectivo en la red interior podrán establecerse sistemas de medida privados a los exclusivos efectos de determinar la energía consumida por cada consumidor de la instalación de producción próxima asociada. Dichos sistemas de medida se regirán, en cuanto resulte preciso atendiendo a su funcionalidad específica, por la misma normativa reglamentaria unificada, de metrología e instrucciones técnicas aplicables a los sistemas de medida del sistema eléctrico nacional.

4. Los titulares de las instalaciones de producción de electricidad a partir de fuentes renovables podrán incorporarse a comunidades o mancomunidades de energía que estructuren el autoconsumo colectivo mediante líneas directas conectadas a red interior conforme a lo establecido en este Decreto-ley.

Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación de los apartados 2, 3 y 4 por Auto del TC 37/2024, de 23 de abril. Ref. BOE-A-2024-10948

Se suspende la vigencia y aplicación de los apartados 2, 3 y 4 desde el 21 de diciembre de 2023 para las partes del proceso y desde el 7 de febrero de 2024 para los terceros, por providencia del TC de 30 de enero de 2024 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 8042-2023. Ref. BOE-A-2024-2247

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-30.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-10948.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Decreto-ley 1/2023

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 1/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.