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Decreto-ley Vigente

Artículo 13 bis. Proyectos de interés prioritario.

Artículo 13 bis del Decreto-ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19. · DOGV-r-2021-90145

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

A los efectos de su agilización administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, y con la finalidad de facilitar la óptima absorción de los fondos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, aquellas iniciativas y proyectos de inversión localizados en el territorio de la Comunitat Valenciana, financiados total o parcialmente mediante el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, aprobado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, podrán tener la consideración de «proyectos de interés prioritario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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