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Ley Vigente

Artículo 129. Causas de extinción de la responsabilidad.

Artículo 129 de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco. · BOE-A-2023-10639

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.

Texto consolidado

1. La responsabilidad disciplinaria deportiva se extingue en todo caso:

a) Por cumplimiento de la sanción.

b) Por prescripción de la infracción.

c) Por prescripción de la sanción.

d) Por fallecimiento de la persona inculpada o sancionada.

e) Por extinción de la entidad deportiva inculpada o sancionada.

f) Por condonación de la sanción.

2. La pérdida de la condición de persona federada, aun cuando pueda afectar en algunos casos a la efectividad de las sanciones impuestas, no será causa de extinción de la responsabilidad disciplinaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-19.

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