Artículo 128. Interposición del recurso.
Artículo 128 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-10876
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-17.
Texto consolidado
1. La presentación del recurso en el registro del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón se realizará exclusivamente de forma electrónica, conforme a las prescripciones que se determinen reglamentariamente.
2. Si se optase por la presentación del recurso en cualesquiera de las formas previstas en la legislación básica vigente en materia contratación, distintas de la prevista en el apartado anterior, el recurrente procederá a la comunicación inmediata al Tribunal. A estos efectos, se entiende por comunicación inmediata la realizada en el plazo máximo de dos días desde la presentación del recurso por mecanismos distintos del registro electrónico del Tribunal.
3. Las comunicaciones y el intercambio de documentación entre los órganos competentes para la resolución de los recursos, los órganos de contratación y las personas interesadas en el procedimiento se realizarán exclusivamente por medios electrónicos, en los términos que se determinen reglamentariamente.
4. Los recursos que se interpongan en relación con contratos públicos financiados con fondos europeos gozarán de preferencia en su tramitación.