Artículo 127. Modificación de la disposición transitoria sexta de la Ley 33/2010.
Artículo 127 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. · BOE-A-2012-547
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.
Texto consolidado
Se modifica la disposición transitoria sexta de la Ley 33/2010, que queda redactada del siguiente modo:
«Sexta. Reglamento del Censo de equipamientos y servicios juveniles
En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno debe regular por reglamento el Censo de equipamientos y servicios juveniles.»