Artículo 126. Modificación de la disposición transitoria quinta de la Ley 33/2010.
Artículo 126 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. · BOE-A-2012-547
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.
Texto consolidado
Se modifica la disposición transitoria quinta de la Ley 33/2010, que queda redactada del siguiente modo:
«Quinta. Orden del Censo de entidades juveniles de la Dirección General de Juventud.
En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno debe adaptar la orden del Censo de entidades juveniles de la Dirección General de Juventud a las disposiciones de la presente ley.»