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Ley Vigente

Artículo 127-10. Fomento de las organizaciones de personas consumidoras de Cataluña.

Artículo 127-10 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. · BOE-A-2010-13115

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-23.

Texto consolidado

La Generalidad debe fomentar las organizaciones para la defensa y representación de los intereses de las personas consumidoras, como vehículo idóneo para protegerlos, y debe apoyarlas para que puedan conseguir sus finalidades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-23.

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