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Ley Vigente

Artículo 126. Modalidades del control financiero.

Artículo 126 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2026-3217

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

El control financiero previsto en este capítulo se ejercerá bajo las modalidades de control financiero permanente, auditoría pública, supervisión continua y control financiero de subvenciones y otras ayudas públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

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