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Ley Vigente

Artículo 126. Seguimiento de la situación de desequili­brio financiero.

Artículo 126 de la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria. · BOE-A-2006-20767

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

Texto consolidado

La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma, en el ejercicio de las competen­cias de centralización de la información contable previs­tas en esta Ley, realizará el seguimiento del cumplimiento del equilibrio financiero de las entidades integrantes del sector público autonómico a las que resulte de aplicación, así como de los planes de saneamiento derivados de su incumplimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

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