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Ley Vigente

Artículo 125. Alegaciones.

Artículo 125 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

Los interesados, en el plazo de dos días siguientes al día en el que se les entregue el acta del partido, prueba o competición, o en el plazo de dos días siguientes al día en que haya sido notificada la denuncia o el anexo o el documento similar, pueden formular por escrito las alegaciones o manifestaciones que, en relación con los hechos imputados en el acta, la denuncia o el anexo o documento similar, consideren convenientes a su derecho, y pueden, dentro del mismo plazo, proponer o aportar, también en su caso, las pruebas pertinentes para demostrar sus alegaciones, si tienen relación con los hechos imputados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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