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Ley Vigente

Artículo 125. Informe de la Intervención.

Artículo 125 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

Texto consolidado

La autorización de cualquier transferencia de crédito requerirá el informe previo de la Intervención o Intervenciones Delegadas afectadas. Dicho informe versará al menos sobre los siguientes extremos:

a) El cumplimiento de las normas y limitaciones aplicables en cada supuesto.

b) La suficiencia de crédito en la partida que se pretenda minorar, independientemente del nivel de vinculación establecido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

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