Artículo 125. Planificación de la protección y lucha contra plagas agrícolas y epizootias.
Artículo 125 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. · BOE-A-2014-3562
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-21.
Texto consolidado
Las políticas y actuaciones de la Administración de la Comunidad en materia de protección y lucha contra plagas agrícolas y epizootias se llevarán a cabo de manera planificada, a través de uno o varios instrumentos de programación y diseño de las políticas contra las plagas agrícolas y epizootias, que, de conformidad con la legislación básica y sectorial aplicable, establezcan el protocolo de actuación de los órganos y unidades administrativas implicadas en la vigilancia, prevención, control y respuesta última a las situaciones de crisis producidas con ocasión de las mismas.