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Ley Vigente

Artículo 124. Ámbito competencial y procedimientos.

Artículo 124 de la Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte. · BOE-A-2022-11961

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-08.

Texto consolidado

1. El Comité Asturiano de Justicia Deportiva tendrá competencias para:

a) El conocimiento y resolución de los recursos que se deduzcan contra los acuerdos de los órganos deportivos titulares de la potestad disciplinaria deportiva.

b) El conocimiento y resolución de los recursos que se deduzcan contra los acuerdos de las comisiones electorales de las federaciones deportivas asturianas.

c) El conocimiento y resolución de cualesquiera recursos contra acuerdos federativos relativos a la ordenación, calificación y autorización de competiciones oficiales y a la tramitación y emisión de licencias.

d) El conocimiento y resolución de los conflictos que se puedan suscitar sobre las federaciones deportivas asturianas en el ejercicio de sus funciones públicas delegadas de carácter administrativo.

e) El establecimiento de medidas preventivas y de coordinación de cada agente con implicación para la erradicación de la violencia en el deporte.

f) El conocimiento y resolución de cuantas cuestiones sobre las materias precedentes estime tratar de oficio o a instancia de la Dirección General competente en materia de actividad física y deporte.

g) El conocimiento y resolución de procedimientos de arbitraje y mediación.

2. Las resoluciones del Comité Asturiano de Justicia Deportiva agotan la vía administrativa y contra las mismas podrán interponerse los recursos contencioso-administrativos que, de acuerdo con la normativa estatal, procedan.

3. Sus resoluciones se ejecutarán, en su caso, a través de la federación deportiva correspondiente, que será responsable de su estricto y adecuado cumplimiento, de igual manera que son responsables, con carácter general, del cumplimiento de los acuerdos o mandatos que el Comité Asturiano de Justicia Deportiva adopte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-09-08.

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