Artículo 124. Compensación por las presiones ejercidas sobre suelo rústico.
Artículo 124 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears. · BOE-A-2019-3911
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-01.
Texto consolidado
1. Los instrumentos que define este capítulo, en especial los contratos territoriales, pueden ser utilizados para compensar los perjuicios ocasionados por presiones ejercidas por las actividades y los usos impropios del suelo reservado a la actividad agraria.
2. La administración competente en materia agraria debe desarrollar reglamentariamente la compensación de los usos impropios del suelo rústico.