Artículo 124. Extinción.
Artículo 124 de la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2010-10213
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-02.
Texto consolidado
Las medidas de protección se extinguen por:
a) Adopción.
b) Alcance de la mayoría de edad, emancipación o habilitación de edad.
c) Resolución judicial civil firme.
d) Constitución de la tutela.
e) Acuerdo del órgano competente que declara que han desaparecido las circunstancias que habían dado lugar a la adopción de la medida.
f) Muerte o declaración de defunción del niño o del adolescente.