Artículo 123. Toma de posesión.
Artículo 123 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales. · BOE-A-2006-839
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-21.
Texto consolidado
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 117 de este Reglamento.