Artículo 123. Preparación del contrato de arrendamiento.
Artículo 123 de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-2849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-19.
Texto consolidado
La iniciativa corresponderá a la consejería, organismo o entidad interesada en el arrendamiento, a través de una propuesta motivada que se remitirá al órgano directivo competente en materia de patrimonio, a la que deberá acompañarse:
a) La memoria justificativa, comprensiva de la necesidad a satisfacer, la propuesta del procedimiento que haya de seguirse para la adjudicación del contrato y todas aquellas informaciones que se estimen convenientes para su tramitación.
b) El certificado de existencia de crédito o documento que legalmente le sustituya, la fiscalización previa efectuada por la intervención competente, si procede, y la aprobación del gasto.
c) El informe de valoración o tasación que haya servido de base para la aprobación del gasto.
d) La oferta del arrendador, en el caso de que se proponga la adjudicación directa.