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Ley Vigente

Artículo 123. Costes necesarios para la tramitación de un ofrecimiento de adopción.

Artículo 123 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía. · BOE-A-2021-13605

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

Texto consolidado

De conformidad con lo regulado en la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional, y en el Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Adopción Internacional, los organismos acreditados para la intermediación en la adopción internacional no podrán repercutir a las personas que se ofrecen para la adopción importes o gastos distintos de aquellos que estén autorizados en la correspondiente resolución de acreditación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

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