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Ley Vigente

Artículo 123. Entidad Pública competente en materia de protección y reforma.

Artículo 123 de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León. · BOE-A-2002-16590

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-18.

Texto consolidado

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 32.1,19.ª y 20.ª del Estatuto de Autonomía, y sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación estatal y autonómica reguladora del régimen local, la Comunidad Autónoma de Castilla y León es la Entidad Pública competente, en su ámbito territorial, en materia de atención, protección y tutela de menores, y ejecución de las medidas adoptadas por los Juzgados de Menores y ejercerá sus funciones, en los términos establecidos en las leyes civiles y en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-08-18.

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