Artículo 123. Responsables del sector.
Artículo 123 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia. · BOE-A-2009-805
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-16.
Texto consolidado
Las personas responsables de los buques pesqueros, vehículos, productos, empresas o instalaciones objeto de inspección prestarán a los agentes intervinientes su colaboración para la realización de la función inspectora. La falta de dicha colaboración o la obstrucción, en su caso, al ejercicio de la citada función será sancionada conforme a lo dispuesto en la presente ley.