El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 123. Autorización de adscripción.

Artículo 123 de la Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía. · BOE-A-2026-6643

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-26.

Texto consolidado

1. Corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobar, mediante decreto, la adscripción a una universidad de centros docentes públicos o privados, a propuesta del Consejo de Gobierno de la universidad u órgano equivalente de la universidad privada, previo informe del Consejo Social u órgano equivalente de la universidad privada y del Consejo Andaluz de Coordinación Universitaria, con los requisitos que reglamentariamente se establezcan.

Además, serán susceptibles de la autorización contenida en el párrafo anterior las modificaciones del convenio de adscripción a una universidad de centros docentes públicos o privados.

2. El inicio de la actividad de los centros adscritos será autorizado por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de universidades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-26.

Más artículos de Ley 1/2026

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2026 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.