El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 122. Estudio hidrogeológico del vertido.

Artículo 122 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. · BOE-A-2014-10345

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-12.

Texto consolidado

En aquellos casos en que el vertido pueda propiciar la infiltración o almacenamientos de sustancias susceptibles de contaminar las aguas o capas subterráneas, se requerirá la previa realización de un estudio hidrogeológico que justifique su inocuidad (artículo 59 de la Ley 22/1988, de 28 de julio).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-12.

Más artículos de Real Decreto 876/2014

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 876/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.