El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 122. Órganos competentes en materia de responsabilidad patrimonial.

Artículo 122 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. · BOE-A-2019-4299

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-15.

Texto consolidado

1. En la Administración Pública Foral, el órgano competente para resolver el procedimiento de responsabilidad patrimonial será la persona titular del Departamento cuya actuación haya podido generar aquélla, salvo en el caso de los Organismos Autónomos que se estará a lo dispuesto en el artículo 58 de esta ley foral.

2. En todo caso, se solicitará informe a la unidad orgánica cuyo funcionamiento haya podido generar la lesión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-15.

Más artículos de Ley Foral 11/2019

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 11/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.