Artículo 122.
Artículo 122 de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca. · BOE-A-2007-1896
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.
Texto consolidado
1. El alcalde o la alcaldesa de Palma de Mallorca tiene la condición de autoridad competente en materia de seguridad cuando actúe en el ejercicio de las competencias atribuidas al municipio en dicha materia.
2. El alcalde o la alcaldesa puede imponer dentro del ámbito de las competencias municipales en materia de seguridad las sanciones establecidas por la Ley.