Artículo 121. Escuela de Organización Industrial.
Artículo 121 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. · BOE-A-1988-29563
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.
Texto consolidado
El Organismo Autónomo administrativo «Escuela de Organización Industrial», conservando la misma denominación, adscripción y fines, se transforma en Organismo autónomo comercial.
Se autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda para realizar las modificaciones necesarias al objeto de transformar el presupuesto del extinguido Organismo Autónomo Administrativo en el presupuesto del nuevo Organismo Autónomo Comercial.