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Ley Vigente

Artículo 121. Ejecutividad.

Artículo 121 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias. · BOE-A-2003-4607

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-28.

Texto consolidado

Las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores a que se refiere esta ley serán ejecutivas cuando pongan fin a la vía administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-28.

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