Artículo 120. Causas de extinción de la responsabilidad disciplinaria deportiva.
Artículo 120 de la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra. · BOE-A-2001-15675
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-16.
Texto consolidado
Se considerarán, en todo caso, como causas de extinción de la responsabilidad disciplinaria deportiva:
a) El fallecimiento del inculpado o sancionado.
b) La extinción de la entidad deportiva inculpada o sancionada.
c) El cumplimiento de la sanción.
d) La prescripción de las infracciones o de las sanciones impuestas.
e) Por el levantamiento de la sanción.