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Ley Vigente

Artículo 120. Incentivos para la inversión.

Artículo 120 de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental · BOE-A-2007-15158

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-20.

Texto consolidado

1. El objetivo de los incentivos para la inversión es fomentar todas aquellas actividades que faciliten directamente la mejora de la calidad del medio ambiente.

2. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá conceder, entre otros, los siguientes incentivos para la inversión:

a) Incentivos para superar de modo significativo los objetivos fijados por obligaciones establecidas en la normativa ambiental.

b) Incentivos para alcanzar los objetivos ambientales establecidos en acuerdos voluntarios regulados en el capítulo I del título V de esta ley, siempre que se trate de acuerdos para superar los objetivos ambientales establecidos en la normativa ambiental vigente.

c) Incentivos para la utilización de las mejores técnicas disponibles en los procesos de producción industrial y sus procedimientos de control.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-20.

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