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Ley Vigente

Artículo 120. Infracciones.

Artículo 120 de la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia. · BOE-A-2019-13519

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-27.

Texto consolidado

1. Constituyen infracciones administrativas en materia de conservación del patrimonio natural las acciones u omisiones tipificadas en los artículos siguientes y las tipificadas en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, sin perjuicio de la responsabilidad exigible en la vía penal, civil o de otro orden a que pudieran dar lugar.

2. A efectos de la presente ley, las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-08-27.

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