Artículo 120. Prescripciones de infracciones.
Artículo 120 del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. · BOE-A-2009-17181
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
Las infracciones muy graves prescriben a los cuatro años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses, a contar siempre el plazo desde el fin real de la conducta infractora.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público..