Artículo 12. Compensaciones al transporte marítimo de residuos.
Artículo 12 del Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero, del Régimen Especial de las Illes Balears. · BOE-A-2019-2550
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-24.
Texto consolidado
1. El Gobierno establecerá medidas para financiar el transporte marítimo entre islas de los residuos generados en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atendiendo a razones de economía de escala o de gestión ambientalmente correcta de los residuos.
2. A tal efecto, se establecerá reglamentariamente un mecanismo de compensación en función del tonelaje de residuos transportado, correspondiendo a la comisión mixta prevista en el artículo anterior su seguimiento y evaluación.