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Real Decreto Legislativo Vigente

Artículo 12. Responsabilidad.

Artículo 12 del Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones. · BOE-A-2002-24252

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-14.

Texto consolidado

1. Los acreedores de los fondos de pensiones no podrán hacer efectivos sus créditos sobre los patrimonios de los promotores de los planes y de los partícipes, cuya responsabilidad está limitada a sus respectivos compromisos de aportación a sus planes de pensiones adscritos.

2. El patrimonio de los fondos no responderá por las deudas de las entidades promotora, gestora y depositaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-14.

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