Artículo 12.
Artículo 12 del Real Decreto 3255/1983, de 21 de diciembre por el que se aprueba el Estatuto del Minero. · BOE-A-1984-165
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-24.
Texto consolidado
En los términos señalados por los Decretos de 23 de marzo de 1958 y Real Decreto de 4 de abril de 1979, en las Empresas comprendidas en estas normas constituirán economatos laborales u otros servicios equivalentes encuadrados en el sistema cooperativo o de fundaciones laborales.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 20, de 24 de enero de 1984. Ref. BOE-A-1984-1795.