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Real Decreto Vigente

Artículo 12. Régimen sancionador.

Artículo 12 del Real Decreto 277/2000, de 25 de febrero, por el que se establece el procedimiento de separación jurídica de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. · BOE-A-2000-5012

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-03-17.

Texto consolidado

El incumplimiento de la obligación de separación de actividades en la forma y plazos establecidos en el presente Real Decreto constituye infracción tipificada en el artículo 60.13 de la Ley del Sector Eléctrico y dará lugar a la imposición de las sanciones establecidas en el artículo 64 de la misma, previa instrucción del correspondiente procedimiento conforme al artículo 65 de la citada Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-03-17.

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