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Real Decreto Vigente

Artículo 12. Notificación obligatoria.

Artículo 12 del Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales. · BOE-A-1996-28539

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-12-22.

Texto consolidado

La sospecha y la confirmación de las enfermedades contempladas en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto deberán ser obligatoriamente notificadas a través del cauce correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-12-22.

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