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Real Decreto Derogada

Artículo 12. Suspensión o revocación de la autorización.

Artículo 12 del Real Decreto 2259/1994, de 25 de noviembre, por el que se regula los almacenes farmacéuticos y la distribución al por mayor de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos. · BOE-A-1995-1049

Atención: Real Decreto 2259/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se podrá suspender o revocar la autorización de un almacén farmacéutico cuando no reúna los requisitos o no cumpla las obligaciones establecidas en el presente Real Decreto.

2. La decisión de suspensión o revocación de la autorización deberá motivarse de forma precisa y se notificará al interesado indicando los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y los plazos para interponerlos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-01-15.

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