Artículo 12. Presunción de conformidad del material eléctrico en virtud de normas armonizadas.
Artículo 12 del Real Decreto 187/2016, de 6 de mayo, por el que se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión. · BOE-A-2016-4443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-05-11.
Texto consolidado
El material eléctrico que sea conforme con normas armonizadas o partes de estas, cuyas referencias se hayan publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea», se presumirá conforme con los objetivos de seguridad a que se refiere el artículo 3 y establecidos en el anexo I, a los que se apliquen dichas normas o partes de estas.
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